Redacción
La jueza Primera de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México rechazó la solicitud de suspensión definitiva presentada por la asociación civil «Va por sus Derechos» para eliminar las corridas de toros en la CDMX.
La resolución fue emitida por la jueza Minerva Herlinda Mendoza, quien el 6 de mayo de este año había otorgado una suspensión provisional contra las actividades taurinas.
La jueza no reveló la sentencia que niega la suspensión definitiva, probablemente debido a que tuvo que adherirse al precedente unánime de la Segunda Sala de la Corte.
El 13 de mayo, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa revocó la suspensión provisional que impedía las corridas de toros desde el 3 de mayo, relacionada con el juicio de amparo 813/2024 promovido por la asociación civil. Estaba pendiente la resolución sobre la suspensión definitiva.
En esa sesión, se discutió el estándar para conceder la suspensión, destacando que el permiso para las corridas de toros está respaldado por la ley.
La magistrada Ana María Ibarra señaló como criterio aplicable la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) que el 6 de diciembre eliminó la suspensión para efectuar las corridas de toros en un juicio de amparo distinto.
Destacó que existe un estándar elevado para conceder la suspensión, conforme al artículo 131 de la Ley de Amparo, y este estándar no se cumple por la parte quejosa en el sentido de demostrar un mejor derecho hasta ahora, basado en lo que ya ha resuelto la Corte.
«El recurrente tiene un permiso basado en ley, cuya constitucionalidad o no de esa normativa es una cuestión de fondo… pero concerniente al fondo, no propia para verse en esta instancia», refirió.
El 6 de mayo, la titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa había suspendido las corridas de toros, luego de que la asociación civil «Va por sus Derechos» recurrió al juicio de amparo el 23 de abril para impedir este espectáculo.
En esa ocasión, la jueza Minerva Herlinda Mendoza otorgó la medida cautelar y determinó no conceder permisos para realizar este tipo de espectáculos.